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Modelos colombianas que no hayan declarado la renta podrían ser sancionadas por 332.000 pesos

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Modelos colombianas que no hayan declarado la renta podrían ser sancionadas por 332.000 pesos

El pasado 20 de octubre de 2018, el portal web ElTiempo.com, publicó un artículo en el que anunciaban que ya se había agotado el tiempo para cumplir con la declaración de la renta.

En el texto, señalan que la fecha tope había sido el viernes 15 de octubre en el que, en este caso, las modelos webcam se pudieron poner al día con sus impuestos, según la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

Sanción

En la redacción, Johana Prieto, directora de Tributar Consultores, insistió que incumplir o alterar este procedimiento, tendrá consecuencias sancionatorias. Por lo que, explicó los modos en los que el DIAN puede comenzar a sancionar:

  • Si pagas a destiempo: supongamos que no te dio tiempo de declarar antes de la fecha estipulada por el DIAN, y lo haces al mes siguiente, entonces, te tocaría una sanción del 5% del monto total del que vayas a presentar. Lo cual, corresponde por cada mes que te atrases. Claro, en el artículo hacen énfasis en que por cada mes de atraso solo te pueden sancionar con el 5%.

  • No generaste valor: si sucede que tu declaración no genera un valor a pagar, la sanción que te toca, corresponde al 0,5% de tus ingresos netos, sin embargo, esto se adaptará según la condición de la declarante.
  • No registraste ingresos en el 2017: de ser la situación, que no presentaste o registraste tus ingresos en el año gravable (2017), serás sancionada con el 1% del patrimonio correspondiente al año anterior.
  • La declaración fue corregida o errónea: si por algún motivo no declaraste con el monto exacto, ya sea porque eliminaste alguna cifra o porque hubo un error, deberás pagar una sanción correspondiente al 10% del valor total a pagar en su presentación.

Sanción

  • Al no declarar: la DIAN, establece que al no presentarte, no pagar y no cumplir con ésta obligación, toca acatar una sanción del 20% de las consignaciones bancarias o los ingresos brutos al persistir en su incumplimiento. También indica que, para esta sanción se puede tomar en cuenta el 20% del monto de la última declaración presentada. Por otra parte, si la persona natural se presenta antes de que la DIAN imponga la sanción, ésta se reducirá al 50% a cancelar.

Es importante que seas aplicada en este tipo de compromisos, ya que al demostrar transparencia y responsabilidad, será mucho más fácil adquirir préstamos y servicios con entidades bancarias, privadas y públicas.

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