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La verdad sobre la tributación de las modelos webcam en Colombia

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La verdad sobre la tributación de las modelos webcam en Colombia

Entrevistamos a David Parra, abogado consultor especialista en derecho civil y comercial,  que es parte de Juridicam, una firma de abogados especializada en la industria webcam y de entretenimiento para adultos, quien nos aclaró todo lo relacionado al tema de tributación de la industria webcam. 

Recordemos que esta semana el Senado de la República incluyó en la Ley de Financiamiento a la industria webcam, tema que ha creado grandes dudas sobre cómo se recaudarán los impuestos del sector.

Parra aclaró que no será un IVA del 19 % , realmente lo que se generará es que los estudios serán agentes retenedores de retención en la fuente, lo que implica que los ingresos y utilidades recibidos conllevarán a tributar entre un 4 y 6%, siendo este el porcentaje el que posiblemente se cobrará a la industria, sin embargo, eso no ha sido aclarado en la ley de financiamiento, la cual ya pasó a sanción presidencial y debe salir antes del 31 de diciembre del presente año.

Para aclarar lo anterior; la retención en la fuente es un impuesto que recauda el gobierno nacional a través de la DIAN,  y que se cobra sobre las utilidades o las ganancias  de determinada actividad y se destinan para gastos de funcionamiento del estado. Su finalidad es que las personas que ejercen alguna actividad comercial tributen sobre rentas que obtienen en su ejercicio financiero. Se paga mensual sobre los procesos realizados.

Por otra parte, al hablar de si una modelo independiente tributaria lo mismo que un estudio o que una modelo que esta iniciando, Parra explica que «eso aun no se ha establecido, ya que la ley no esta redactada y publicada. No se podría decir qué restricciones habrán o no, probablemente, sea tanto a modelos como estudios, pero debemos esperar sea publicada».

Un punto muy importante es el porcentaje, que ya no será IVA sino, una retención fuente, y  su forma de calcularla es distinta a la del IVA. Será mucho más benéfico, y no tendrá un impacto económico tan agresivo como el que se pensó al inicio con respecto al IVA.

La invitación y el paso siguiente es  estudiar muy bien la ley para tener directrices claras. «La DIAN deberá emitir un concepto de cómo debe hacerse el cobro, pero debemos verlo como algo positivo, ya que al empezar a tributar no estaremos escondidos sino que demostraremos que la industria webcam es una empresa como cualquier otra».

La ley se promulgará a través del Diario Oficial de Colombia, que podrá consultar a través de la misma página. Igualmente, nos enteraremos por los medios de comunicación el día que salga. «Después de aprobada ya se podrá hacer un consenso entre contadores, abogados y  personas afines a la industria, para sacar un concepto de la forma que pueden trabajar los estudios y las modelos independientes, pero debemos esperar la ley para estudiarla muy bien».

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