Consejos
Soy modelo venezolana ¿Cómo puedo trabajar en Colombia?
El éxodo de ciudadanos venezolanos ha crecido exponencialmente. De acuerdo con Migración Colombia, más de 1.1 millones de venezolanos huyeron en 2018 de la crisis que vive el país, una cifra que duplicándose este año.
Cómo replicar en México el éxito de la industria webcam colombiana
En este gran desplazamiento de personas, también se encuentran modelos que han decidido comenzar a transmitir desde Colombia, o que desean iniciar en la carrera de modelos. Si eres una de ellas, presta atención, porque esto es lo que debes tener para trabajar de forma legal:
Opción 1: Permiso especial de permanencia:
El Permiso Especial de Permanencia es beneficio que otorga el Estado a los ciudadanos venezolanos, con la intención de mantener y preservar el orden interno y social, evitar la explotación laboral y velar por el respeto de los venezolanos.
Con este documento, puedes incorporarte a la vida activa del país, trabajar de forma legal, abrir cuentas bancarias y acceder a la oferta institucional en materia de salud y educación o vincularte al sistema de seguridad social.
Solo puedes acceder a este beneficio si:
-Ingresaste al territorio colombiano hasta el 17 de diciembre 2018. (Teniendo en cuenta que es la información al 18 de marzo de 2019)
– Haber ingresado por un puesto de control, sellando pasaporte.
–No tener antecedentes judiciales a nivel nacional e internacional.
– No tener medidas de deportación o expulsión vigentes.
El trámite no tiene ningún costo, y tendrá una vigencia de 90 días, prorrogables de forma automática hasta completar los 2 años.
Si reúnes estos requisitos ingresa a la página web www.migracioncolombia.gov.co, registra tus datos y sigue los pasos. El procedimiento no te tomará mucho tiempo y es muy fácil. Una vez imprimas tu PEP debes plastificarlo y llevarlo contigo siempre.
Restricciones del PEP que debes tener en cuenta:
- No se otorgará a personas que hayan ingresado al territorio colombiano con la Tarjeta de Movilidad Fronteriza (TMF).
- No es tu documento de identificación.
- No puedes permanecer fuera de Colombia por más de 90 días. De hacerlo, perderás el beneficio.
- Tampoco reemplaza tu pasaporte y tenerla no es un aval para solicitar una cédula de extranjería.
No caigas en la estafa:
En la búsqueda de una solución para legalizar el estatus en el país, muchas personas han sido víctimas de individuos que anuncian en las redes sociales que pueden otorgarte el PEP por 100.000 pesos o más. ¡Esto es un fraude! No caigas en ella.
El PEP es completamente gratuito y, si pagas por ello, es probable que estas personas hayan realizado un procedimiento inadecuado que te dará como resultado la alteración de un documento de identificación, lo cual es penado por la ley.
Opción 2: Saca una visa
Un contrato laboral te ayudará en esta tarea, que debes poner en marcha cumpliendo con lo estipulado en Migración Colombia y Cancillería de Colombia.
Hay tres tipos de visa:
Visa (tipo V): prevista para el extranjero que quiera visitar Colombia una o varias veces o permanecer temporalmente sin establecerse de manera permanente.
Visa de Residente (tipo R): para quienes aspiren establecer o fijar su domicilio permanente en Colombia por: haber renunciado a su nacionalidad colombiana; ser de padre nacional colombiano por nacimiento; tiempo acumulado de permanencia o inversión extranjera directa.
Visa de Migrante (tipo M): para el extranjero que desee ingresar o permanecer en el territorio nacional con la intención de establecerse, y no cumple con las condiciones para solicitar una visa tipo “R”.
¿Tienes modelos extranjeras vinculadas a tu estudio? Esto es lo que debes hacer para evitar sanciones
Para la visa tipo migrante debes reunir siguientes requisitos:
- Presentar diligenciado el formato resumen de contrato.
Nota: La autoridad de visa podrá exigir la presentación del contrato original cuando la información registrada en el formato resumen de contrato no sea suficiente, presente inconsistencia o requiera aclaración.
- Carta de motivación del empleador.
- Extractos bancarios del empleador correspondientes a los seis meses previos a la solicitud. Cuando el empleador sea una persona jurídica deberá demostrar ingresos promedio mensuales de cien (100) salarios mínimos mensuales legales vigentes. En caso de persona natural, deberá demostrar ingresos promedio mensuales de 10 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
El trámite de la visa, se realiza mediante la página web de la Cancillería de Colombia o de forma presencial en sus oficinas.
De esta manera podrás laborar de forma legal en el país.
Fuentes:
Migración Colombia
Cancillería de Colombia
Nuestras redes:
Instagram: @juridicamabogados
Facebook: Juridicam abogados & asesorías
Twitter:@juridicamc
